Los cambios en la Ley de Tráfico han provocado que muchos conductores tengan dudas sobre donde pueden y donde no colocar el teléfono móvil en su coche. No para utilizarlo indebidamente, sino para aprovecharse de las ventajas del Google Maps y el control por voz para llamar o poner música.
Hace unas semanas se estrenó una nueva Ley de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad vial que afecta a todos los conductores en el territorio nacional, y que en general endurece muchas de las normas actuales. El objetivo es hacer las carreteras mucho más seguras.
Esta nueva ley de tráfico ha estrenado nuevas normas que es probable que confundan a los conductores en estas primeras semanas, ya que por ejemplo se endurece la sanción por conducir sujetando con la mano el teléfono móvil.
Pero también por no utilizar de forma adecuada el cinturón de seguridad, al igual que se elimina el margen de 20 km/h adicionales para realizar adelantamientos en carreteras convencionales.
La nueva Ley de Tráfico no hace referencia alguna sobre donde deben colocarse los soportes para alojar los teléfonos para que puedan ser utilizados con la modalidad de manos libres.
Y es que su colocación en la luna delantera no supone una infracción por sí misma, como se creía la principio, pero si puede constituir motivo de sanción si provoca la distracción durante la conducción. Esto estará bajo libre interpretación de los agentes de tráfico.
El artículo 13.2 de la Ley de Tráfico incide sobre un tipo de situaciones genéricas que hacen referencia a la atención del conductor:
“El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”.
Es decir, colocar el teléfono móvil en un lugar que entorpezca el campo de visión del conductor o que limita su atención permanente en la carretera, como es el parabrisas, puede constituir motivo de sanción.
Es una situación que tendrán que interpretar los agentes de tráfico, como sucede también con otras sanciones que caben en este artículo como conducir con un abrigo grueso en invierno o con chanclas en verano. Y lo mismo sucede cuando un conductor come al volante.
La infracción por sujetar dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce pasa a costar 6 puntos del carnet de conducir, a lo que se añade 200 euros de multa. Ya no es broma utilizar el teléfono.
Uno de los lugares que Tráfico sugiere donde colocar el soporte del teléfono móvil es la rejilla del aire acondicionado. Ya que al quedar situado debajo del campo de visión del conductor no entorpece su atención sobre la carretera.
Fuente noticia: computerhoy.com/noticias/motor